¿Te interesa más, una sociedad limitada nueva o una sociedad limitada constituida?
Esa pregunta se podría contestar de varias formas y todas
serian correctas, cada persona, cada emprendedor, cada empresario, tiene una
situación personal que definirá
perfectamente que sociedad limitada
le iría mejor para, tu negocio.
La primera peculiaridad, que diferencia a la sociedad
limitada nueva a estrenar o sociedad limitada
constituida, es la opacidad, en una sociedad limitada constituida, cuando
se realiza la venta o traspaso del capital social o participaciones sociales,
equiparable a acciones en las sociedades anónimas, este acto el de la venta de
participaciones, no es registrable es decir no se registra en el registro
mercantil, es por ley aunque se quisiera registrar, no se puede.
En el registro mercantil, siempre estarían inscritos los
primeros socias, aunque posteriormente se hayan efectuado numerosos traspasos o
ventas de participaciones.
Te podrías preguntar, ¿cómo es que yo soy el nuevo dueño de
las participaciones de la socieda dlimitada, como lo atestiguo? Pues simplemente con la escritura notarial de
compra de participaciones sociales.
Por lo tanto y dicho, los nuevos socios son secretos, para
el público en general, esto se podría definir como segunda oportunidad, si una
persona ha tenido anteriormente problemas de deudas, dinerarias o financieras,
puede ser dueño de participaciones sociales de una sociedad limitada, sin que
posibles acreedores tenga acceso a posibles reclamaciones de deuda, lo que no
se sabe es imposible denunciar.
Otro punto importante que diferencia la adquisición de una sociedad limitada nueva o sociedad limitada constituida.
Sería la inmediatez, de operaciones, al estar la sociedad limitada constituidas, tienen
el CIF desde el mismo momento posterior a la firma puedes comenzar a operar.
Esta sociedad limitada tienen generalmente cuenta bancaria propia,
no tienes que depositar el capital social, pues en su día se deposito, monetariamente o dinero metálico.
La sociedad limitada,
al estar constituidas y con el CIF definitivo, ya tienen su nombre técnicamente
denominación social, se puede cambiar,
es decir en una sociedad limitada se pueden realizar todos los cambios sociales
que necesitemos, de una manera sencilla y rápida, los cambios sociales son de obligado cumplimiento, inscribirlos en el
registro mercantil provincial.
Te he comentado los pros, las contras con respecto, a la
sociedad limitada nueva a estrenar, sería el precio, pues las sociedades ya
constituidas salen un poquito más caras, la diferencia sería que las sociedades
limitadas constituidas cuestan 1545,00 € y las nuevas a estrenar valdrían
1030,00 €, expuesto todo lo anterior, nosotros como expertos en temas
societarios no te pondríamos aconsejar
el tipo de sociedad limitada que te interesa más pues como dicho
anteriormente depende de la situación personal de cada persona.
Contacta con nosotros y te asesoraremos en lo que de verdad
mas te interesa. www.ventasociedades.com
EL SEGUNDO ES UN PERDEDOR DETRÁS DEL PRIMERO Y GANADOR DELANTE DE LOS
DE MAS.
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